Exenciones – Curso CAP

No se exige CAP a los conductores de vehículos:

  • De 45 km./h de velocidad máxima
  • De las Fuerzas Armadas
  • De ensayo o sometidos a pruebas de carretera con fines de mejora técnica o mantenimiento
  • Utilizados en situaciones de emergencia (o destinados a misiones de salvamento)
  • Utilizados en clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducción (o CAP)
  • Utilizados para el transporte privado particular de viajeros o mercancías
  • Que transporten material para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción no represente la actividad principal del conductor